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EL GOBIERNO APRUEBA MEDIDAS PARA ACTIVAR EL EMPLEO Y FAVORECER LA VIABILIDAD DE LAS EMPRESAS
La Moncloa, Madrid, viernes, 5 de septiembre de 2014

El compromiso del Gobierno es incorporar al mercado de trabajo a los colectivos más vulnerables:

- parados de larga duración,

- mayores de 55 años,

- jóvenes, y

- personas menos cualificadas.


El Ejecutivo también favorecerá que las empresas con problemas financieros, si son viables, puedan seguir con su actividad.

El Consejo de Ministros ha aprobado la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016; el Plan Anual de Política de Empleo 2014 y la distribución de más de 1.200 millones de euros a las comunidades autónomas para políticas activas.

 

Además, ha presentado sendos informes sobre:
- la futura cartera común de servicios del Sistema Nacional de Empleo, y
- la reforma del Sistema de Formación para el Empleo.

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha argumentado que estamos en un escenario económico muy diferente al del inicio de la legislatura, ya que las cifras reflejan que desde que comenzó la crisis se está produciendo un crecimiento sostenido del empleo y a la vez una caída del desempleo.

Báñez ha indicado que en el último año 230.000 personas se han incorporado al mercado de trabajo y el paro registrado se ha reducido en 270.000 personas.

Además, en el segundo trimestre de 2014, tras 23 trimestres de caída, el crecimiento del Producto Interior Bruto (PIB) se equipara al crecimiento del empleo.

La ministra ha reconocido que más de cuatro millones de ciudadanos están desempleados, por lo que el reto del Gobierno es insertarlos en el mercado laboral, en especial a los colectivos con mayores dificultades. En este sentido, ha recordado que el presidente del Gobierno se comprometió con los presidentes de las comunidades autónomas, en la Conferencia de Presidentes de octubre de 2012, a "analizar, evaluar, poner orden y modernizar las políticas activas de empleo".

En la misma línea, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría ha señalado que "el desafío ahora es la incorporación de más desempleados al mercado de trabajo para que participen en la reactivación económica".

 

Fátima Báñez ha asegurado que nunca han faltado los recursos para políticas activas de empleo, pero han fallado la eficacia, la evaluación, el seguimiento y los resultados de esas políticas. "El reto que tenemos es que los recursos se transformen en resultados", ha dicho.

Para alcanzar este objetivo, la ministra ha explicado que ya se han puesto en marcha iniciativas en colaboración con las comunidades autónomas y la iniciativa privada, entre las que ha destacado:
- el Portal Único de Empleo,
- la Formación Profesional Dual,
- la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, y
- el Programa de Garantía Juvenil.
A estas iniciativas, se suma la Estrategia Española de Activación para el Empleo que orientará las políticas en función de los resultados, de tal manera que la evaluación de los resultados condicionará la distribución de fondos de ejercicios posteriores.
"Ningún país de nuestro entorno, ni siquiera Alemania, vincula después de la evaluación los fondos del año siguiente a resultados. España lo está haciendo progresivamente y lo va a hacer intensivamente a partir del año próximo", ha dicho Báñez.
La Estrategia, a su juicio, además de mejorar la empleabilidad optimizará la calidad de la formación para el empleo, vinculará políticas activas y pasivas e impulsará el emprendimiento.
También cuenta con objetivos a largo plazo, entre los que ha resaltado la atención especializada a cada desempleado y la modernización de los servicios públicos de empleo.

 

El Gobierno también ha aprobado el Plan Anual de Política de Empleo para el año 2014, que concreta la Estrategia y responde a seis ejes:
- orientación,
- formación,
- oportunidades de empleo,
- igualdad de oportunidades,
- emprendimiento, y
- mejora del marco institucional del Sistema Nacional de Salud.

Por otra parte, el Ejecutivo ha acordado la distribución de 1.251 millones de euros a las comunidades autónomas que tienen competencias para ejecutar políticas activas de empleo. Fátima Báñez ha avanzado que el año que viene el 60% de los fondos se asignará en función de los objetivos.

Cartera de servicios y formación
El Consejo de Ministros ha analizado un informe sobre la futura Cartera Común de Servicios de Empleo que garantizará que los trabajadores accedan a los servicios de empleo en condiciones de igualdad en todo el territorio nacional.
La Cartera estará integrada por cuatro servicios:
- orientación profesional;
- colocación y asesoramiento a empresas;
- formación y cualificación para el empleo, y
- asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento.


El Gobierno también ha estudiado un informe sobre la reforma del Sistema de Formación Profesional para el Empleo, elaborado con las aportaciones de los interlocutores sociales y las organizaciones sindicales y empresariales.
Fátima Báñez ha subrayado que las políticas de Formación Profesional no están dando resultados porque seis de cada diez alumnos no adquirió nuevas habilidades o destrezas aplicadas al mercado de trabajo y sólo el 17% obtuvo un empleo relacionado con el curso al que asistió. Además, entre 2007 y 2013 más de la mitad de los trabajadores que no habían superado la educación primaria perdieron su empleo mientras que el número de ocupados con estudios superiores se incrementó en un 2%.
La reforma del modelo, ha adelantado la ministra, entrará en vigor el 1 de enero de 2015 e irá orientado a satisfacer las necesidades del tejido productivo. Los trabajadores tendrán una cuenta en la que se certificará y sumará toda formación recibida en su vida laboral. La evaluación de la calidad de los servicios será continua y se creará una unidad especializada de inspección de trabajo para evitar el fraude.

Reforma de la Ley Concursal
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley sobre medidas urgentes en materia concursal, cuyo objetivo es facilitar los acuerdos que permitan la supervivencia de empresas que entren en un proceso concursal.
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha dicho que la medida trata de garantizar la supervivencia de empresas con dificultades financieras pero que son viables.
El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos ha precisado que de todas las empresas que entran en procedimiento concursal, el 95% se liquida, y este porcentaje es muy superior a los de otros países de nuestro entorno. En esta línea, en opinión del ministro una "empresa viva es algo que vale y es mucho más fácil evitar que se destruya o que desaparezca una empresa que crear una nueva".
El ministro ha explicado que la norma completa las medidas ya implantadas para la fase preconcursal y actúa en el procedimiento concursal facilitando el acuerdo entre los distintos tipos de acreedores: públicos, financieros, laborales y comerciales.


A partir de ahí se aplica un procedimiento para la toma de decisiones que permite reducir el endeudamiento y convertir deuda en capital en función de las decisiones que tomen los acreedores.
Por otra parte, la medida favorece que los acreedores privilegiados, es decir que tienen una garantía hipotecaria, no obstaculicen la toma de decisiones sobre la globalidad del endeudamiento de las empresas.
El Real Decreto-ley facilita la venta del conjunto de una empresa y evita que se vaya vendiendo por distintos tipos de activos, lo cual lleva a su desaparición.
Luis de Guindos ha dicho que se facilitará la transmisión, la subrogación de los diferentes tipos del nuevo comprador en relación con los anteriores y se establecerán una serie de actuaciones que, en su opinión, "van a impulsar que las empresas que están en concurso en su fase final puedan mantener su actividad", lo cual es favorable para el conjunto de la actividad económica, para sus trabajadores y para los acreedores que tendrán garantizado un porcentaje de cobro superior al que hubieran obtenido en el supuesto de la liquidación de las mismas.
El texto da cumplimiento a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de forma que el deudor hipotecario podrá interponer recurso de apelación contra el auto que desestime su oposición a la ejecución, si esta se fundara en la existencia de una cláusula contractual abusiva.
Además, contempla la creación de un portal telemático en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con la información de las empresas en liquidación para que los potenciales compradores puedan tener una información actualizada.
También se creará una comisión de seguimiento que analizará cómo evoluciona el nivel de endeudamiento y propondrá medidas al Gobierno para mejorar la reducción de la deuda.

 

 


Asuntos de actualidad
(…)
La ministra de Empleo y Seguridad Social ha destacado el reconocimiento que el informe de la OCDE hace de las reformas llevadas a cabo por el Ejecutivo que han permitido a la economía española ganar competitividad "sin traducirse en deterioro de las condiciones de vida de los trabajadores".
A este respecto, ha recordado el acuerdo suscrito entre el presidente del Gobierno y los principales agentes sociales para fortalecer el crecimiento económico y el empleo, firmado el pasado mes de julio.
El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, ha destacado el crecimiento acelerado de la economía española en el último semestre, pese a la desaceleración en el mismo periodo de la zona euro, y ha afirmado que en la actualidad los potenciales riesgos para nuestra economía "no son domésticos, sino que podrían venir de fuera" y que la economía española "está mucho mejor preparada" para afrontarlos

* * *

 


2.- REFERENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS DE 05-09-14

Selección de contenidos

Más información en http://www.lamoncloa.gob.es


Enlace: http://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2014/refc20140905.aspx

 

ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

REAL DECRETO LEY de medidas urgentes en materia concursal.


EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

REAL DECRETO por el que se aprueba la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016.

ACUERDO por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2014, según lo establecido en el artículo 4 ter de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.

INFORME sobre políticas activas de empleo.


HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del mercado de tabacos y normativa tributaria, y se regula el estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco y timbre.

 

 


ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

MEDIDAS URGENTES EN MATERIA CONCURSAL PARA FACILITAR LA VIABILIDAD DE EMPRESAS CON DIFICULTADES
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley sobre medidas urgentes en materia concursal, cuyo objetivo es facilitar los acuerdos que permitan la supervivencia de empresas que entren en un proceso concursal.
 VER BOE 6.09.14: Real Decreto-ley 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en materia concursal.
PDF (BOE-A-2014-9133 - 19 págs. - 297 KB)                 Otros formatos

Enlace: http://www.boe.es/boe/dias/2014/09/06/pdfs/BOE-A-2014-9133.pdf

La norma completa las medidas ya implantadas para la fase preconcursal y persigue dar solución a algunas carencias y problemas detectados en la fase concursal. En concreto, se establece un mejor engranaje entre el convenio concursal y los acuerdos de refinanciación, y se eliminan los obstáculos legales para la venta de empresas o unidades productivas sin cargas.

Las deficiencias en el proceso concursal español han provocado que en el año 2013 el 95 por 100 de las empresas declaradas en concurso acabara en liquidación.
Este porcentaje es muy superior al de países de nuestro entorno como Reino Unido (80 por 100) o Francia (70 por 100).
El objetivo del Real Decreto Ley aprobado es evitar la liquidación de empresas cuando estas sean viables, finalidad que también se buscó con la reforma de la fase preconcursal (marzo 2014), dando coherencia a los dos procedimientos.

Se trata, en definitiva, de facilitar el proceso de desapalancamiento de las empresas y de evitar la destrucción de tejido productivo, con la consiguiente pérdida de empleos.
La norma se inscribe dentro del Plan Nacional de Reformas 2014 y recoge las recomendaciones de los organismos internacionales.

Novedades
Una de las principales novedades de esta norma es ampliar las posibilidades de extensión de los efectos del convenio a los acreedores disidentes y, en particular, a los acreedores privilegiados, en función de las mayorías que voten a favor.
Respecto a los créditos privilegiados, sin modificar su clasificación, se crean cuatro clases diferenciadas, a efectos de la votación para la extensión del convenio, según se trate de acreedores:
- laborales,
- públicos,
- financieros, o
- el resto.


Dentro de los créditos con privilegio especial, se redefine este como el 9/10 del valor razonable del bien o derecho sobre el que se ha constituido la garantía, una vez deducidas las deudas preferentes.

Acreedores privilegiados
Los acreedores privilegiados, tanto generales como especiales, mantienen su capacidad de adhesión voluntaria al convenio, pero se introduce la posibilidad de que se puedan extender los efectos del convenio a los acreedores privilegiados disidentes.
La condición es que voten a favor del mismo acreedores que representen el 60 por 100 o el 75 por 100 del pasivo de cada una de las clases de créditos ya mencionadas (laborales, públicos, financieros y resto), dependiendo de las medidas a aplicar.

Acreedores ordinarios
Para los acreedores ordinarios se mantiene el régimen de aprobación de convenios ya existente, pero se introduce la posibilidad de extender a los disidentes, si vota a favor al menos el 65 por 100 del pasivo ordinario, las siguientes medidas:
- Esperas entre cinco y diez años;
- Quitas superiores al 50 por 100;
- Conversión de créditos en acciones o participaciones del deudor, o créditos participativos hasta diez años;
- Transformación de deuda en cualquier otro instrumento financiero de características distintas; y
- Cesión de bienes o derechos en pago de créditos, siempre que no resulten necesarios para la continuación de la actividad profesional o empresarial y que su valor razonable sea igual o inferior al crédito que se extingue o, en caso de ser superior, se reintegre la diferencia.

Además, los acreedores con garantía real, en caso de incumplimiento del convenio, pueden ejecutar separadamente su garantía y percibir, si lo cubre el bien dado en garantía, el importe de la deuda originaria.
Por último, se establece un mecanismo para permitir que las medidas de este Real Decreto Ley puedan aplicarse, por una sola vez, a los convenios adoptados al amparo de la legislación anterior, siempre que se den mayorías reforzadas (superiores a las exigidas para la aprobación del convenio) y que así lo apruebe un juez. Se excluirán de esta previsión a los acreedores de derecho público y laborales.

Trasmisión de unidades productivas
Si pese a todo, la empresa entra en liquidación, la norma establece una serie de mejoras respecto de los procedimientos actuales.
Con el fin de facilitar la trasmisión de unidades productivas de bienes o servicios del deudor, se incorporan tres medidas:
- Se permite la transmisión de contratos y licencias sin el consentimiento de terceros (contrapartes y administración).
- Se hace posible la transmisión de unidades productivas libre de obligaciones de pago preexistentes, salvo que se acuerde lo contrario o que lo disponga así la Ley como es el caso de salarios y obligaciones con la Seguridad Social.
- Se permite la venta de unidades productivas con bienes dados en garantía, donde se elimina el consentimiento del acreedor, si el adquirente ocupa el lugar del deudor o si percibe el valor de la garantía; y, en otro caso, se prevén mayorías de arrastre.

Por otro lado, el Real Decreto Ley crea una comisión de seguimiento de prácticas de refinanciación y reducción de sobreendeudamiento, con funciones de seguimiento de las medidas adoptadas por esta norma.

La comisión elaborará un informe anual sobre la efectividad de las medidas y sobre la evolución del endeudamiento del sector privado y sus implicaciones macroeconómicas. Asimismo, se constituye un portal telemático en el BOE con información sobre las empresas en liquidación para facilitar su enajenación.

 

Cumplimiento de sentencia
Por último, el Real Decreto Ley aborda las modificaciones legales necesarias para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 17 de julio de 2014, modificando la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así, el deudor hipotecario podrá interponer recurso de apelación contra el auto que desestime su oposición a la ejecución, si ésta se fundara en la existencia de una cláusula contractual abusiva.

Esta nueva previsión se aplicará a los procedimientos de ejecución hipotecaria en los que no se hubiera producido la puesta en posesión del inmueble al adquirente.
Adicionalmente, se prevé un plazo de un mes para los procedimientos en los que hubiera concluido el plazo para recurrir el auto que hubiera desestimado la oposición.
 

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

REFORMA DE LAS POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO

Incluye la Estrategia de Activación para el Empleo 2014-2016, el Plan Anual de Empleo 2014, la cartera común de servicios del sistema de empleo y el reparto de los 1.252 millones de euros de fondos a las Comunidades Autónomas
El objetivo es mejorar la intermediación entre oferta y demanda, dotar al sistema de más transparencia y orientarlo al cumplimiento de objetivos
Se prioriza la atención a parados de larga duración, a aquellos de mayor edad, jóvenes y a los beneficiarios de la Garantía Juvenil
El Consejo de Ministros ha analizado un informe sobre la reforma del Sistema de Formación para el Empleo basado en los principios de transparencia, eficacia y libre concurrencia

El Consejo de Ministros ha aprobado un amplio conjunto de medidas para impulsar las políticas de activación para el empleo articulada a través de la Estrategia de Activación para el Empleo, diseñada en coordinación con las Comunidades Autónomas, con el objetivo de acelerar la transición del desempleo al empleo mediante acciones más eficaces, así como para ofrecer a trabajadores y empresas servicios de calidad.
La creación de empleo de calidad y la lucha contra el desempleo constituyen el principal objetivo de la política económica del Gobierno. La economía española acumula ya cuatro trimestres de crecimiento del PIB y se han sentado las bases para el crecimiento económico.
Con niveles todavía moderados de crecimiento (+0,6 por 100 en el segundo trimestre de 2014), la economía española está creando ya empleo.


En este contexto económico, el desafío es ahora la reducción del tiempo de transición del desempleo al empleo y la reincorporación del elevado número de desempleados al mercado de trabajo.
Los Servicios Públicos de Empleo deben cumplir con eficacia su objetivo primordial de ayudar en la reinserción y mantenimiento del empleo. Para ello, se ha diseñado la Estrategia Plurianual de Políticas de Activación para el Empleo, un nuevo modelo que garantice la evaluación permanente y los resultados de las iniciativas que se llevan a cabo desde los distintos ámbitos territoriales y de su financiación.
Con el objetivo de impulsar las políticas activas de empleo, el Consejo de Ministros ha aprobado la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, el Plan Anual de Política de Empleo para el año 2014 y el Acuerdo de Distribución de Fondos de 2014 para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas en materia de políticas activas de empleo.
Igualmente, la ministra de Empleo y Seguridad Social ha presentado al Consejo de Ministros sendos Informes sobre:
- la futura Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, y - la próxima reforma de la Formación Profesional para el empleo

ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE ACTIVACIÓN
La Estrategia constituye el nuevo escenario plurianual para vertebrar las actuaciones de los distintos Servicios Públicos de Empleo bajo un paraguas de objetivos y principios de actuación comunes, compatible con la flexibilidad en los instrumentos para su consecución.
El elemento más novedoso de la Estrategia reside en una clara orientación de las políticas en función de sus resultados, hasta tal punto que la evaluación de los resultados condiciona la distribución de fondos de ejercicios posteriores.
Es un elemento de transformación de la cultura de políticas de empleo y de modernización de los Servicios Públicos de Empleo sin precedentes en nuestro país, sobre la base de la coordinación y la colaboración entre las distintas administraciones.


Objetivos de la Estrategia

La Estrategia persigue entre sus objetivos comunes:

- mejorar la empleabilidad de los jóvenes y cumplir lo previsto por la Garantía Juvenil;

- mejorar la empleabilidad de otros colectivos especialmente afectados por el desempleo:
- desempleados de larga duración,
- mayores de 55 años, y
- beneficiarios del PREPARA;

- mejorar la calidad de la formación para el empleo;

- mejorar la vinculación entre políticas activas y pasivas de empleo, e

- impulsar el emprendimiento.

Estos objetivos se mantienen durante el horizonte de aplicación de la Estrategia y serán concretados en los Planes Anuales de cada ejercicio, combinando estabilidad con la necesaria atención a las prioridades de cada momento.


Instrumentos comunes
Para reforzar la capacidad de los Servicios Públicos de alcanzar sus objetivos sobre la base de la coordinación, la Estrategia de Activación se dota de una serie de instrumentos comunes, entre ellos, tres reglamentos, en virtud de la competencia constitucional exclusiva del Estado en legislación laboral, necesarios para el desarrollo de la Estrategia:
- uno en materia de servicios,
- otro de programas de empleo, y
- otro de formación profesional para el empleo.

También incluye un Programa de buenas prácticas entre Servicios Públicos de Empleo, inspirado en el proceso de aprendizaje mutuo que existe a nivel europeo.
En este sentido, una de las primeras experiencias se ha centrado en el desarrollo de los perfiles de los desempleados, en cuáles deben ser los factores relevantes para catalogar a un demandante de empleo y definir el mejor itinerario de retorno al empleo de manera acorde.

Evaluación y financiación
La evaluación y la financiación son las claves de la nueva Estrategia. El nuevo modelo propone una distribución de los fondos en función de la evaluación del cumplimiento, por parte de cada Comunidad Autónoma, de los objetivos acordados el año anterior. Para ello se combina un sistema de medición en base a indicadores, más un mecanismo de garantía de continuidad en la prestación de servicios, que facilite la adaptación y gradúe el impacto del nuevo modelo.
Además, la Estrategia ha reforzado los mecanismos de fiscalización y justificación del uso efectivo de los fondos por parte de las Comunidades Autónomas. Ya no es suficiente con un mero documento contable que acredite un compromiso de gasto; gracias a la Estrategia se garantiza que la financiación pública se destina, en tiempo y forma, a las iniciativas de activación para el empleo para las que estaba prevista.

PLAN ANUAL DE POLÍTICA DE EMPLEO 2014
Este Plan es la concreción, para el ejercicio 2014, de la Estrategia de Activación para el Empleo.
Recoge el conjunto de iniciativas que se desarrollan para este año desde los servicios de empleo para:
-  atender a los trabajadores,
- procurar su mayor empleabilidad,
- agilizar la reinserción de aquéllos que han perdido su puesto de trabajo, y
-  favorecer la recuperación del empleo, así como los indicadores que servirán de base para su evaluación en 2015.

El Plan Anual de Política de Empleo 2014 se basa en:
- la participación y colaboración de las diferentes Administraciones en su elaboración;
- la anticipación, ya que las Comunidades Autónomas conocen el Plan de 2014 desde el primer cuatrimestre, lo que favorece su capacidad de planificación;
- la transparencia y puesta en común de la información disponible.

El detalle de los indicadores y criterios que servirán para la evaluación del plan y, por tanto, para la distribución de fondos el próximo ejercicio se conoce con seis meses de antelación.
Más concretamente, el Plan recoge y concreta los objetivos comunes para todos los Servicios Públicos de Empleo que anticipaba la Estrategia de Activación, y propone los servicios y programas a desarrollar por las Comunidades Autónomas o por el Servicio Público de Empleo Estatal, durante 2014 para su consecución (un total de 422).


Ejes
Los servicios y programas se articulan entorno a los seis ejes de las políticas de activación que recoge la Ley de Empleo:
- orientación;
- formación;
- oportunidades de empleo;
- igualdad de oportunidades de acceso al empleo;
- emprendimiento, y
- mejora del Marco Institucional del Sistema Nacional de Empleo.
Para su evaluación, el Plan incluye un completo sistema de 26 indicadores, producto de la participación activa de todos los Servicios Públicos de Empleo, para medir el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos y, con ello, definir la distribución de fondos en 2015.

DISTRIBUCIÓN DE FONDOS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS POLÍTICAS ACTIVAS
La Estrategia de Activación para el Empleo y la coordinación que se ha articulado a través de los Planes Anuales tienen implicaciones directas para los fondos que anualmente se distribuyen desde el Ministerio de Empleo y Seguridad Social a las Comunidades Autónomas con competencias para la ejecución de las políticas activas, que se asignan en función de los resultados obtenidos el año anterior.
Para facilitar la estabilidad en la prestación de los servicios de empleo, se ha apostado, de acuerdo con las Comunidades Autónomas en Conferencia Sectorial, por una transición gradual hacia la nueva cultura de evaluación que condiciona el reparto de los fondos.
Ya en 2013 se lanzó un primer piloto de distribución de fondos en función de resultados: el 15 por 100 de los fondos repartidos el año pasado estaban vinculados a los resultados de 2012.

Posteriormente, se desarrollaron los indicadores que han servido para medir el grado de cumplimiento de los objetivos del Plan Anual de Política de Empleo 2013 y determinar la distribución de fondos para 2014.
Según estos criterios, en 2014 un 40 por 100 de los fondos se ha condicionado a los resultados obtenidos; en 2015, esa proporción ascenderá al 60 por 100.
El total del fondos repartidos en 2014 asciende a 1.251,9 millones de euros.

REPARTO DE FONDOS 2014 (en millones de euros)
ANDALUCIA  270,82 EXTREMADURA  47,87
CATALUÑA  176,08 ASTURIAS  38,31
MADRID  162,53 MURCIA  33,21
COMUNIDAD VALENCIANA  122,64 ARAGON  33,15
GALICIA  100,63 ILLES BALEARS  23,38
CASTILLA Y LEON  72,90 CANTABRIA  18,29
CANARIAS  71,61 NAVARRA  13,00
CASTILLA-LA MANCHA  59,99 LA RIOJA  7,50
TOTAL  1.251,92

 

 


INFORME SOBRE LA FUTURA CARTERA COMÚN DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
La nueva Estrategia de Activación para el Empleo, junto a la medición y evaluación que propone, hacen necesario contar con un marco común que defina las medidas que se llevan a cabo desde los distintos Servicios Públicos de Empleo.
Por ello, el futuro reglamento de servicios recogerá una Cartera Común de Servicios de Empleo que deben ser de prestación permanente en las oficinas de empleo, garantizando la igualdad en el acceso a servicios de empleo a los trabajadores en todo el territorio nacional.
La ministra de Empleo y Seguridad Social ha informado al Consejo de MinistrOS de los elementos más destacados de esta nueva Cartera Común, que permitirá la igualdad de acceso a servicios de empleo en todo el territorio nacional y aportará una radiografía clara que permitirá la medición y comparación rigurosa, basada en parámetros compartidos, de los servicios de empleo en nuestro país.
La Cartera Común estará integrada por cuatro servicios de empleo:
- un servicio de orientación profesional (desde la identificación del perfil profesional del trabajador hasta el asesoramiento acerca de las tendencias del mercado);
- un servicio de colocación yasesoramiento a empresas (para procurar la mejor casación entre ofertas y demandas de empleo);
- un servicio de formación y cualificación para el empleo (que deberá comprender, entre otros, la gestión de la cuenta formación del trabajador) y,
- un servicio de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento (para promover iniciativas emprendedoras y dinamizar el desarrollo económico local).

 

 

Definirá, además, una serie de principios para su prestación desde los Servicios Públicos de Empleo Autonómicos:
- la atención personalizada,
- la igualdad en el acceso a los servicios,
- la eficiencia, transparencia y orientación a resultados,
- la interoperabilidad de servicios y datos dentro del Sistema Nacional de Empleo.

REFORMA DEL SISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO
La ministra de Empleo y Seguridad Social ha informado al Consejo de Ministros sobre la reforma del Sistema de Formación Profesional para el Empleo.
En el actual contexto de recuperación económica resulta fundamental dotar al tejido productivo de un sistema de formación profesional que constituya una verdadera herramienta de competitividad para las empresas y de mejora de las oportunidades de los trabajadores de acceso, mantenimiento y retorno al empleo.
La reforma laboral de febrero de 2012 y sus desarrollos sentaron las bases para un cambio de modelo en la formación profesional para el empleo, fijando nuevas áreas prioritarias vinculadas a las necesidades productivas, centrando una mayor parte de los recursos en los trabajadores desempleados, potenciando la tele-formación e impulsando la transparencia en la gestión de los recursos públicos.
Además, ya introdujo la posibilidad de que los centros y entidades de formación debidamente acreditados participen directamente como beneficiarios de las ayudas del subsistema de formación profesional para el empleo, con la finalidad de que la oferta formativa sea más variada, descentralizada y eficaz, así como que la distribución de recursos públicos resulte más eficiente.

 


Subvenciones de 2014
Las convocatorias de subvenciones de 2014 para la ejecución de planes de formación de ámbito estatal y de un programa específico para la formación de jóvenes menores de 30 años, publicadas el pasado mes de agosto, ya han incorporado importantes novedades de cara al nuevo modelo:
- la limitación al 50 por 100 del pago anticipado de las ayudas, como refuerzo de las garantías de impartición de una formación de calidad;
-.la limitación de la subcontratación al 50 por 100;
- un órgano colegiado encargado de evaluar las solicitudes que, por primera vez, estará constituido exclusivamente por personal funcionario del Servicio Público de Empleo Estatal;
- el avance hacia la libre concurrencia entre centros de formación, que alcanza al 50 por 100 de la financiación disponible.
Mediante el Acuerdo de propuestas para la negociación tripartita para fortalecer el crecimiento económico y el empleo, firmado el pasado 29 de julio, el Gobierno y los interlocutores sociales expresaron su voluntad de transformar el sistema de formación profesional para el empleo sobre la base del diálogo social.
El Acuerdo ha puesto de manifiesto el compromiso con la culminación de la reforma iniciada de manera que un nuevo modelo de formación profesional para el empleo esté operativo a partir del 1 de enero de 2015.

Objetivos estratégicos de la reforma
Tal y como se ha acordado con los agentes sociales, los objetivos estratégicos de la reforma son:
1. Garantía del ejercicio del derecho a la formación de los trabajadores, empleados y desempleados, en particular, de los más vulnerables.
2. Contribución efectiva de la formación a la competitividad de las empresas.
3. Eficiencia y transparencia en la gestión de los recursos públicos.

Elementos clave
Para ello, se llevarán a cabo las modificaciones necesarias para ahormar un nuevo sistema de formación profesional cuyos elementos clave serán:
1. Diseño de un modelo de formación profesional para el empleo de aplicación a toda las Administraciones
2. Elaboración, en colaboración con los interlocutores sociales, de un escenario de planificación plurianual adecuado a las necesidades de las empresas
3. Definición de un nuevo papel para los distintos agentes y órganos concernidos en la gobernanza del sistema
4. Libre concurrencia entre entidades de formación. Con el nuevo modelo el 100 por 100 de las subvenciones para la formación profesional para el empleo se someterán a libre concurrencia competitiva.
5. Implantación de la cuenta-formación que acompañará al trabajador a lo largo de su carrera profesional
6. Introducción de la posibilidad de instrumentar un cheque-formación para trabajadores desempleados con el objetivo de proporcionarles la formación que necesitan para mejorar su empleabilidad.
7. Junto con el cheque-formación, la tele-formación permitirá, entre otras cuestiones, superar las limitaciones de un calendario formativo condicionado por la tramitación administrativa.
8. Desarrollo de un sistema integrado de información que garantice la trazabilidad de las acciones y la actualización permanente de toda la información sobre la formación profesional para el empleo.
9. Impulso al Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, y refuerzo de la coordinación entre las distintas Administraciones públicas competentes
10. Evaluación permanente de la calidad y el impacto real de la formación en términos de mejora en el desempeño en el puesto de trabajo o de inserción y mantenimiento del empleo a través de, entre otras medidas, la exigencia de la realización de auditorías de control.
11. Garantía del principio de tolerancia cero con el fraude. Creación, dentro de la Inspección de Trabajo, de una unidad especializada en el seguimiento y control de las actividades de formación con capacidad efectiva de sanción por irregularidades relacionadas con la formación, así como el establecimiento de un buzón de denuncias de malas prácticas e incumplimientos en el ámbito de la formación para el empleo.
12. Aprobación de un régimen sancionador que incluya, entre otras cuestiones, la imposibilidad para los beneficiarios de planes de formación de volver a trabajar para la Administración pública en el ámbito de la formación durante, al menos, cinco años cuando hayan incumplido la legalidad.
 VER DOCUMENTO: (Políticas de empleo)
(Enlace: http://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/documents/2014/refc20140905e_1.pdf)

 

HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

MODIFICADA LA NORMATIVA DE DESARROLLO DE LA LEY DE ORDENACIÓN DEL MERCADO DE TABACOS

Los titulares de expendedurías podrán importar labores de tabaco de países de la Unión Europea y se permite la venta de productos del tabaco a distancia a personas residentes en otro Estado miembro de la Unión
La subasta sustituye al concurso como la forma de provisión de las expendedurías y se introducen importantes avances en la gestión de la red minorista del mercado de tabaco, para mejorar la regulación del sector e incrementar la competitividad

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica otro de 1999 que desarrollaba la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, y regulaba el estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco.
La norma aprobada se adapta, en primer lugar, a las recientes modificaciones en la Ley, que tienen por objeto dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal Supremo del año 2012.
Así, se elimina la inhabilitación existente a los titulares de una expendeduría de tabaco y timbre para poder importar labores de tabaco de Estados de la Unión Europea, y se permite la venta a distancia, a personas residentes en otro Estado miembro de la Unión.
Por otro lado, se establece la subasta en vez del concurso como la forma de provisión de las expendedurías. Se adapta, así, el real decreto a lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2013.

Funcionamiento de operadores
El Real Decreto incorpora también una serie de mejoras que tratan de dinamizar el mercado minorista y adaptarlo a la evolución de la realidad económica.
Desde esta perspectiva, cabe destacar las siguientes medidas:
- Se liberaliza el horario mínimo de apertura y se elimina el requisito de residencia en la misma localidad.
- Se permite la comercialización en los estancos de otros productos previa declaración responsable, que sustituye a la autorización existente hasta ahora.
- Se contempla la posibilidad de conversión de una expendeduría general en una complementaria, con lo que se facilita la adaptación de las expendedurías a la realidad económica y demográfica.
- Se introduce una mayor flexibilidad en el régimen de transmisión de las expendedurías.


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~~Enlace: http://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/Paginas/2014/050914-consejo.aspx